Durante el verano el INE ha puesto a disposición pública la Encuesta Anual de Coste Laboral (EACL) correspondiente a 2010. Aunque el objetivo fundamental de esta acción estadística de periodicidad anual (la cual tiene un carácter complementario de la Encuesta Trimestral de Coste Laboral) es permitir conocer los niveles y la composición del coste laboral medio por trabajador en España, proporcionando información de mucho interés sobre esta cuestión (puede consultarse la información disponible aquí), un aspecto especialmente interesante de la ola de 2010 de la encuesta es que incluye, por primera vez, un módulo adicional relativo a la regulación de las relaciones laborales en las empresas españolas (para más detalles, pueden encontrarse la metodología y el cuestionario de la encuesta). El objetivo de esta entrada es comentar sucintamente las piezas más relevantes de la novedosa información que la encuesta proporciona sobre esta cuestión.

El nuevo módulo de la EACL (denominado “Regulación de las relaciones laborales”) está orientado a conocer el grado de regulación de las relaciones laborales en cada centro de cotización encuestado. En concreto, pretende averiguar, por una parte, el tipo de norma del que emanan las relaciones laborales (incidiendo esencialmente en si existe o no convenio colectivo) y, por otra, las posibles excepciones en la aplicación de los convenios colectivos. Pues bien, en ambos aspectos la encuesta proporciona información novedosa y de bastante interés. En relación con el primero, la EACL revela que el 91% de los trabajadores (alternativamente, el 96,4% de los centros) regula sus relaciones laborales mediante convenios colectivos, estando el resto cubierto por otro tipo de regulación (véase la tabla adjunta). Esta cifra permite mejorar nuestro conocimiento de la tasa real de cobertura de la negociación colectiva en España, una circunstancia sobre la que disponemos únicamente de estimaciones aproximadas (situadas habitualmente en torno al 80% de los asalariados del sector privado) dadas las significativas deficiencias de las estadísticas relevantes (véase al respecto esta entrada previa).

En lo que respecta al segundo aspecto, la EACL muestra que en 2010 el 6,5% de los trabajadores españoles (2,3% de los centros de cotización) afrontó la inaplicación del régimen salarial establecido en su convenio colectivo de ámbito superior a la empresa de referencia (véase la tabla adjunta). Cabe recordar que las posibilidades de este descuelgue salarial fueron potenciadas con la reforma laboral de junio de 2010 (tras la cual es posible inaplicar el régimen salarial o bien por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores o bien como resultado de procedimientos alternativos establecidos al efecto, incluido laudo arbitral vinculante: artículo 82.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 35/2010, de 17 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral). Considerando que dicha reforma operó únicamente en la segunda final del año, la magnitud del dato no es desdeñable, y sugiere que pudiera estarse dando un mayor recurso a la flexibilidad salarial por parte de las empresas españolas, en detrimento de una mayor destrucción de empleo. Esta circunstancia, no obstante, deber ser confirmada en el futuro, cuando se disponga de información adicional al respecto.

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