Entrada realizada conjuntamente con Jorge Martínez.

El cumplimiento del objetivo de estabilidad obliga al sector público a reducir su déficit del 8,5% al 5,3%, lo que supone, aproximadamente, un ajuste de 35.000 millones de euros. La consecución de este ajuste ha sido el leitmotiv de las medidas de austeridad y de incremento de ingresos previstas en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado que serán enviados al Congreso de los Diputados esta semana.

Sin duda alguna, la medida que más polémica está suscitando en los medios de comunicación, y entre buena parte de la población, es la anunciada amnistía fiscal. A grandes rasgos, la medida consiste en aplicar un gravamen del 8% para las empresas que repatríen dividendos de filiales en paraísos fiscales y aplicar un tipo del 10% para los contribuyentes que afloren dinero evadido, exonerándoles, a cambio, de cualquier penalización o sanción, y otorgando como plazo límite el 31 de diciembre de 2012. Además, se promete, un endurecimiento de las sanciones a partir de 2013.

Esta medida, por tanto, animaría los contribuyentes a aflorar parte de su dinero, beneficiándose tanto de unos tipos muy inferiores a los que les habría correspondido, como de eludir el pago de multas y recargos. A su vez, la amnistía fiscal es una medida barata para la Administración ya que ahorra los costes de la persecución activa contra el fraude, como costes de inspección, costes administrativos y costes judiciales.

Las amnistías fiscales no son nuevas en los procesos de regularizaciones tributarias ni en España ni en los países de nuestro entorno económico. Entre otras, en 1984, 1991 y 2010 se produjeron amnistías fiscales en España. Además, países como Bélgica, Francia, Irlanda, Italia, o EEUU llevaron a cabo amnistías fiscales durante la década de los ochenta con relativo éxito para sus respectivas Administraciones.

El beneficio más evidente para las arcas públicas de una amnistía fiscal es el impacto inmediato que parece tener en la recaudación del presente ejercicio. Según algunos datos publicados en los medios, el Ejecutivo pretende recaudar unos 3.250 millones que difícilmente serían recaudados de otra manera. Pero además, las amnistías fiscales permiten aflorar rentas no declaradas que elevarían los tramos de renta de los contribuyentes de los que la Agencia Tributaria podrá conseguir mayores ingresos futuros. Además, la Agencia podría recaudar por otras vías, tales como los impuestos indirectos derivados del consumo asociado a las rentas recuperadas de otros países.

Al margen del hecho de que las amnistías fiscales pueden ser consideradas injustas y que podrían rozar la ilegalidad, llevan incorporados incentivos negativos que pueden limitar la recaudación tanto a corto como a largo plazo. A corto plazo, las amnistías fiscales pueden erosionar la conciencia fiscal de algunos contribuyentes que consideren esta medida como injusta tras varios años subidas de impuestos directos e indirectos, dando lugar a cambios perniciosos en su comportamiento. A largo plazo, las amnistías pueden provocar problemas de riesgo moral, ya que pueden generar expectativas de condonaciones futuras incentivando el comportamiento evasivo y con ello, reducciones de la recaudación. Además, el efecto negativo a corto y largo plazo que podría producir la amnistía fiscal puede verse magnificado si se interpreta como una muestra de debilidad por parte de la Administración, al reconocer, implícitamente, su incapacidad para detectar las rentas evadidas, animando así a futuros evasores a proseguir con su conducta fraudulenta.

Debido a estos efectos negativos relacionados con las amnistías fiscales, la evidencia científica ha puesto su éxito tributario en entredicho. En el caso español, los profesores Julio López Laborda y Fernando Rodrigo Sauco publicaron un trabajo en FEDEA en 2001 en el que analizan la incidencia de la amnistía fiscal de 1991 en el cumplimiento en el IRPF. Su conclusión es que “la amnistía no tuvo ningún efecto sobre la recaudación tributaria, ni a corto ni a largo plazo”. En el caso de la economía norteamericana, Hari Sharan Luitel y Russell Sobel, analizando en 2007 los efectos de las amnistías fiscales realizadas por diferentes estados norteamericanos a lo largo de más de dos décadas, llegaron a la conclusión de que cuando un estado lanza una amnistía fiscal por primera vez, ésta tiene un efecto positivo sobre la recaudación en el corto plazo, pero da lugar a una reducción en el medio y largo plazo, ya que una parte de los contribuyentes preferiría evadir impuestos y esperar a la próxima regularización en condiciones más ventajosas. Además, para el caso de realizar varias amnistías a lo largo del periodo de estudio, estos autores encontraron evidencia de que los efectos en el corto plazo son cada vez menores, mientras que los del largo tienden a incrementarse.

La única explicación válida para del comportamiento del gobierno es la necesidad imperiosa de incrementar la recaudación este año, en la confianza de que durante el periodo expansivo que terminó en 2007 se evadieron cantidades ingentes de dinero, que ahora estaría dispuesto a aflorar en tan ventajosas condiciones. Sin embargo, se ha de ser consciente que aun consiguiendo el objetivo de recaudación en el corto plazo, esta visión miope puede tener consecuencias negativas en el largo plazo.

El fin no siempre justifica los medios.

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