Por Rosario Gandoy

Uno de los rasgos más destacados en la evolución reciente del mercado de trabajo español ha sido la reducción de la tasa de temporalidad. Una disminución que no puede desvincularse de la Reforma Laboral de 2021 y los cambios normativos en las modalidades de contratación introducidos. De acuerdo con la información que suministra la Encuesta de Población Activa, en 2021, uno de cada cuatro trabajadores asalariados tenía un contrato temporal. Este elevadísimo porcentaje -sin parangón en otros países de la UE- se redujo sustancialmente hasta alcanzar el 17,2% en 2023 y el 16% en el segundo trimestre de 2024. Una caída atribuible al aumento de los contratos indefinidos y la extensión de los fijos discontinuos, que han ampliado su peso en la afiliación del 2,4% en 2021 al 5,6% en 2024 (Banco de España, 2024).

Aunque esta evolución ha permitido recortar distancias con el resto de países de la Unión Europea, la temporalidad en España sigue siendo superior al conjunto de la zona euro (13,8% en el II trimestre de 2024).  Solo Países Bajos y Portugal superan la tasa española.

Una de las razones que se ha aducido con frecuencia para justificar la elevada temporalidad de la economía española es su especialización productiva. El recurso a los contratos temporales difiere mucho entre unas producciones y otras. En actividades con un fuerte componente estacional, como son las vinculadas al turismo o la agricultura, ha venido siendo habitual recurrir a los contratos temporales para hacer frente a los picos de producción y las tasas de temporalidad han alcanzado niveles extraordinariamente elevados. En cambio, las producciones industriales tienden a mostrar una mayor estabilidad en el empleo; se enfrentan a una demanda más equilibrada en el tiempo y cuando ésta aumenta súbitamente las empresas acostumbran a recurrir a las horas extraordinarias. La especialización y cualificación que, en general, requieren los procesos industriales y las exigencias de productividad en mercados donde la competencia es muy intensa, limitan el uso de los contratos temporales. De acuerdo con este razonamiento, la mayor presencia en la economía española de actividades con un fuerte componente estacional como el turismo (que ocupa al 10,9% del empleo total frente al 7,3% en la UEM), o la agricultura (3,6% frente al 2,6%), junto a un menor desarrollo de las manufacturas (12,1% frente al 14,9%) ayudarían a explicar tasas de temporalidad superiores a las de la UEM.

¿Es, por tanto, la superior temporalidad española una cuestión sectorial? Varios factores sugieren que no es así. El primero de ellos es la evolución sectorial de las tasas de temporalidad. En el siguiente gráfico se observa como su reducción en los últimos tres años ha sido generalizada, con especial intensidad en las actividades que mostraban una mayor propensión hacia este tipo de contratos. La contracción en la tasa de temporalidad del sector agrario ha sido de veinte puntos porcentuales; pasando de suponer el 53,9% del empleo en el segundo trimestre de 2021 al 33,6% en el mismo trimestre de 2024. En la construcción, la creación de un nuevo tipo de contrato indefinido de obra ha permitido reducir la temporalidad a la mitad. Puesto que las características de la producción en ambas actividades no han variado, la corrección de la elevada tasa de temporalidad es clara expresión de la incidencia de los cambios en la regulación sobre el mercado de trabajo y de la extensión de los contratos fijos discontinuos.

El gráfico también muestra la diferencia en puntos porcentuales entre las tasas sectoriales de temporalidad españolas y las del conjunto de la UEM en el segundo trimestre de 2021 y 2024. En 2021, la diferencia para el conjunto de la economía era de 10 puntos porcentuales (25,4% frente al 15,3%). Como venía siendo habitual, todas las ramas españolas sin excepción presentaban tasas de temporalidad superiores a las de la eurozona; un resultado que ya apuntaba que la alta tasa de temporalidad española no se justificaba por su especialización productiva.

Tasas de temporalidad en España y diferencias entre las tasas españolas y las de la UEM, 2021 y 2024.

 

 

El acercamiento de las tasas españolas a las de la eurozona ha sido generalizado, hasta el punto de que en 10 de las 18 ramas consideradas las tasas españolas se han colocado por debajo de las de la UEM. Esta es una situación inédita en la economía española que hay que matizar: la reducción de la tasa de temporalidad y su aproximación a la media europea es, sin duda, muy positiva tanto para los trabajadores que disfrutan de empleos más estables como para la productividad y competitividad empresarial, pero no implica necesariamente una mayor calidad de los puestos de trabajo. Esta dependerá también de otros factores como la duración real de los contratos, las condiciones salariales o la extensión de la jornada laboral,  y los indicadores al respecto no parecen haber tenido una evolución tan positiva como la tasa de temporalidad (Casado et al., 2023; Conde-Ruiz et al., 2023).

Destaca especialmente, por su tradicional alta estacionalidad y la relevante presencia del sector en el patrón productivo español, la proporción que alcanzan en 2024 los contratos temporales en hostelería, un 16% del total de empleo; exactamente igual que en el conjunto de la economía.  Esta tasa es siete puntos porcentuales inferior a la que muestra la UEM y viene siendo menor desde el segundo trimestre de 2023, incluso en el tercer trimestre del año cuando el empleo del sector en España aumenta notablemente para hacer frente al incremento de la demanda.

No puede, por tanto, atribuirse la superior tasa de temporalidad española a su especialización en las ramas más estacionales como turismo o agricultura. Las diferencias más acusadas con la UEM se sitúan en actividades que a priori no poseen un carácter estacional: servicios sanitarios y sociales, administración pública y educación. Las tres tienen un peso relativo en el empleo menor que el que adquieren en el conjunto de la UEM y se caracterizan por una fuerte presencia del sector público que ha recurrido con asiduidad a los contratos temporales.

En resumen, aunque es innegable que la composición sectorial incide sobre las tasas de temporalidad, como ocurre con otras variables económicas el patrón productivo no es un determinante decisivo. Otros factores como la regulación laboral, el tamaño empresarial, la capacidad competitiva, la cualificación de la mano de obra o la gestión empresarial contribuyen a explicar la proporción y evolución de los contratos temporales. Es más, las tendencias recientes en la estructura del empleo tienden a favorecer la reducción en las tasas de temporalidad, al aumentar más la ocupación en producciones con una escasa presencia de trabajadores temporales como los servicios de información y comunicaciones o las actividades profesionales, científicas y técnicas. Estas producciones se caracterizan por una alta calidad de sus puestos de trabajo que se sustenta en sus desarrollos tecnológicos y sus fuertes exigencias de cualificación y eficiencia productiva. La buena noticia es que estas actividades cuentan con un amplio potencial de desarrollo.

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